En 2020, la Unión Europea publicó la Directiva 2020/285, que exige su implementación obligatoria antes de enero de 2025. Esta directiva establece un régimen especial de franquicia de IVA destinado a simplificar las obligaciones fiscales para aquellos que decidan acogerse a él.
Durante 2024, Hacienda y las asociaciones de autónomos han trabajado en la preparación de este régimen pero, aunque se ha especulado que entraría en vigor en enero de 2025, la realidad es que de momento la negociación sigue paralizada, por lo que ya se ha anunciado que no entrará en vigor en la fecha que se había previsto.
En este artículo, resolveremos todas tus dudas sobre el nuevo régimen de IVA franquiciado, te ayudaremos a determinar si puedes acogerte a él y, lo más importante, si te conviene hacerlo.
🤔¿Qué es el régimen de franquicias de IVA?
El IVA franquiciado es un régimen especial voluntario del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que está diseñado para simplificar las obligaciones fiscales de los autónomos y pequeñas empresas.
Bajo este régimen de IVA franquiciado, los profesionales que cumplan ciertos criterios pueden quedar exentos de presentar declaraciones trimestrales y anuales de IVA (Modelos 303 y 390) y, en algunos casos, también de repercutir el IVA en sus facturas.
La normativa europea permite que los autónomos con ingresos inferiores a 85.000 euros puedan optar entre el régimen general de IVA vigente o este nuevo régimen especial.
Sin embargo, aquellos que elijan la franquicia no podrán exceder en más de un 10 % el límite de facturación, ya que esto implicaría la exclusión automática del régimen. No obstante, Europa contempla la posibilidad de que los países miembros autoricen un margen de hasta el 25 %.
Por otro lado, los Estados tendrán la facultad de reducir el límite de 85.000 euros o de adaptarlo según sectores específicos.
Asimismo, el Estado podrá revocar la franquicia de un autónomo si:
Se supera el umbral de facturación permitido.
El autónomo comunica su decisión de renunciar al régimen.
Cesa la actividad profesional.
📋¿Qué requisitos hay que cumplir para no tener que declarar el IVA?
Aunque el régimen de IVA franquiciado aún no ha sido aprobado en España y, por tanto, no existe una ley nacional que regule sus requisitos específicos, la legislación europea establece las siguientes condiciones generales para acogerse a este sistema:
Residir en España.
Tener una facturación anual inferior a 85.000 euros.
Se espera que la normativa española defina más detalles próximamente.
✅¿A qué autónomos beneficiará el régimen de IVA franquiciado?
El régimen de IVA franquiciado permite no presentar las autoliquidaciones de IVA (Modelos 303 y 390), por lo que se prevé que los autónomos no tendrán que cobrar este impuesto a sus clientes pero tampoco podrán deducirse el IVA pagado en sus gastos deducibles.
Por ello, el régimen está pensado especialmente para autónomos con pocos gastos deducibles, quienes podrán aprovechar la simplificación en la gestión fiscal sin que les afecte demasiado la imposibilidad de deducir el IVA soportado.
📅¿Cuándo estará operativo el IVA franquiciado?
Aunque el régimen de IVA franquiciado ya funciona en otros países de la Unión Europea, en España está previsto que entre en vigor en 2025. Actualmente, aún se están desarrollando las etapas previas necesarias para su implementación, y no existe un marco jurídico definitivo en la legislación española.
Habrá que esperar a la publicación oficial de la normativa para conocer todos los detalles y especificaciones sobre su aplicación.
En cuanto haya novedades sobre el régimen de IVA franquiciado, actualizaremos la información para que estés al tanto de todos los cambios.
Esperamos que este artículo te haya resultado útil. ¡Gracias por leernos!